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Latinismos y cultismos en la lengua administrativa

Ana María Postigo de Bedia
Universidad Nacional de Jujuy
Argentina

 

Multa renascetur quam iam cecidere, cadentque
Quae nunc sunt in honore vocabula, si volet usus,
Quem penes arbitrium est et ius et norma loquendi
.
(Horacio: Ars Poetica)

 

Denominamos lengua administrativa a la variedad del español utilizada por el grupo social de los administradores, personas que tienen a su cargo la producción del conocimiento o la aplicación del mismo en el campo de acción de las empresas u organismos productores de bienes y servicios públicos o privados.

Esta variedad de la lengua [1] se caracteriza por la concentración de ciertos elementos léxico-semánticos y sintácticos que contribuyen a conformar lo que se ha dado en denominar estilo administrativo, registro especial en el uso de la lengua cuya funcionalidad depende, fundamentalmente, del ideario socio-laboral en el que se lo valida, es decir, de una representación mental colectiva de la administración como garantía de vigencia de valores históricos y culturales de una comunidad organizada. Los rasgos lingüísticos que actúan como marcadores del estilo administrativo han sido fijados por la tradición institucional, siendo los más evidentes : a) la formalidad y protocolaridad del tono de los enunciados, adecuadas a la actividad específica de la institución administrativa en sus funciones: reguladora, de publicidad de la gestión o meramente informativa; b) la fuerza ilocutiva o perlocutiva de los actos de habla producidos en una lengua de poder, puesto que se sujeta a la jerarquía y status de los interlocutores, tanto emisor como destinatario; c) la propiedad o corrección idiomática que corresponde a hablantes de un estrato social escolarizado o culto; d) la tendencia neológica, cada vez más relevante por la creación o revitalización de términos que acompañan los avances científico-tecnológicos y e) numerosas expresiones arcaizantes fijadas y transmitidas por la tradición escrita desde la constitución misma del español como lengua romance, los cuales se mantienen en la memoria del grupo social de los administradores y de gran parte de los administrados por su frecuentación en el mensaje institucional.

Entre los elementos terminológicos válidos para caracterizar la lengua especial de la administración se encuentran, por una parte, lexemas y sintagmas léxicos procedentes directamente del latín, como lengua madre, y conservados en su integridad morfofonológica o en la forma abreviada con las cuales funcionaron originariamente. A estos términos denominamos comunmente latinismos. Por otra parte, existen muchos términos extraídos del fondo latino que debieron sufrir transformaciones fonológicas para adaptarse al español como lexemas patrimoniales, mientras otros ingresaron sólo como elementos constituyentes de los mismos. Sin embargo, estas circunstancias no fueron suficientes para popularizarlos y los mantuvieron en la lengua de estratos sociales cultos, razón por la que, también de modo general, son llamados cultismos.

Según nuestro conocimiento, en las colecciones terminológicas de la administración no se ha prestado sostenida atención a la descripción de latinismos y cultismos, aun cuando ellos pudieran estar incluidos legítimamente entre los elementos tecnojergales.

Debido a que existen matices diferenciales en la conceptualización de latinismos y cultismos entre los lingüistas, en especial por las distinciones creadas entre latinismos y cultismos puros o entre cultismos y semicultismos, hemos optado por considerarlos solamente en los dos grandes apartados terminológicos que hemos anunciado, tomando como punto de partida la concepción que de los mismos se encuentra en el Diccionario de la RAE, edición 1992. Por tanto, entendemos por latinismo terminológico todo lexema o sintagma léxico propio y privativo de la lengua latina que forma parte de la nomenclatura española de la administración; y, por cultismo terminológico, todo vocablo procedente de la lengua latina que ingresa por vía culta a la lengua administrativa, sin pasar por las alteraciones o asimilaciones fonéticas normales en las voces popularizadas.

Teniendo en cuenta que latinismos y cultismos pertenecen a la tradición lingüística de la administración y se hallan incorporados a su acervo simbólico por el alto valor discursivo que comportan, pretendemos tratarlos como unidades pragmáticas de comunicación y referencia dentro de la nomenclatura específica, pues emergen en los discursos de los administradores en situaciones de interacción concreta en el ámbito pertinente, en documentos oficiales, tratados teóricos y publicaciones del propio campo científico y tecnológico.

La pregunta sobre por qué las voces latinas o cultas, formas léxicas no habituales en textos de circulación general, gozan de óptimas condiciones de aceptabilidad e interpretabilidad en la lengua de la administración, o por qué se han estabilizado y siguen manteniendo funcionalidad en la lengua actual de la especialidad, no tiene una respuesta sencilla y sólo puede encontrar explicación aproximada desde la visión diferenciadora que la pragmática lingüística plantea sobre los procesos empleados en el uso del lenguaje por los hablantes.

El objeto de la Pragmática Lingüística es conocer la relación que los usuarios del lenguaje establecen con los signos lingüísticos en un contexto específico y explicar, no sólo cómo se relaciona lo dicho con el estado del conocimiento lingüístico y extralingüístico de los interlocutores, sino también cómo éstos alcanzan el éxito o el fracaso comunicativo en una determinada situación de enunciación. La Terminología actual atiende a las características pragmáticas de los términos, vistos en su vertiente social, a partir del análisis de los cinco factores que esencialmente intervienen en la relación comunicativa y otorgan a la nomenclatura de especialidad una función caracterizadora, a saber: 1) la función básica que desempeñan los términos en la interacción por el lenguaje; 2) la temática de la comunicación en la que intervienen; 3) el perfil de los usuarios de los términos; 4) la situación comunicativa creada por ellos, y 5) el tipo de discurso al que pertenecen.

En el caso de los latinismos, nos encontramos ante una nomenclatura totalmente convencionalizada en el ámbito administrativo, pues se trata de términos pertenecientes a un estado de lengua superado en la evolución del latín hacia el romance español y, por tanto, propios de una técnica léxico-gramatical histórica, al punto que en su carácter de citas no parecen justificables por necesidades distintivas en la lengua actual. En el caso de locuciones latinas breves, como ad hoc [2] , ipso facto o ut supra, los elementos integrantes de la expresión resultan muchas veces incomprensibles al usuario poco versado en la lengua latina por estar construidos según reglas sin vigencia en la técnica actual del habla, lo que induce a errores de ultracorrección. Ej: ad joc, en manu propia, a contrario senso. Se trata, pues, de uno de los fenómenos del lenguaje que Coseriu llama supervivencias de la diacronía en la sincronía, ya que los latinismos están fuera de la gramática y el léxico sincrónicos del hablante y, por ende, escapan a las reglas de estructuración que le son conocidas.

Desde el punto de vista de la función básica que cumple un término latino o culto en la lengua administrativa de nuestros días, podemos reconocer, en primer lugar, el sustento valorativo de la convención social, dado su enraizamiento en la costumbre y la consensuada imposición en el uso, particularmente escrito.

En el contexto social y lingüístico de la administración, el término latino pertenece a la norma, aunque no al sistema del español; pero, por la misma categoría gramatical en la lengua de origen, que no desaparece en la traducción al español, y por el rango de aplicación en el discurso administrativo actual, se encuentra sometido a restricciones semánticas, dada su conexión con los demás términos del enunciado, y a restricciones sintácticas, que limitan su combinación con los otros términos en vistas a la cohesión textual.

El cultismo, por su parte, pertenece tanto a la norma como al sistema, pero su uso siempre es resultado de la opción del hablante frente a un equivalente semántico contenido en una voz popular o en una perífrasis poco económica en el habla. Por lo general, la habitualización de un cultismo logra crear una diferencia connotativa con el lexema o la perífrasis popular significativamente idénticos o próximos. Así, inquirir, voz culta, y averiguar, voz popular, aunque pueden ser consideradas sinónimos en el significado de búsqueda cuidadosa de la verdad de algo, anexan connotaciones muy diversas: la primera puede remitirnos al contexto profesional dentro del cual se procede metodológicamente según normas de derecho, mientras la segunda nos suele remitir al contexto cotidiano de un ciudadano común.

La funcionalidad meramente normativa de latinismos y cultismos se explica por la estrecha ligazón del discurso administrativo con el discurso jurídico, en el cual son formas léxicas recurrentes. No podemos olvidar que, hasta la constitución de los estados independientes del Siglo XIX, la administración estuvo contenida en la esfera del derecho y que la terminología latina del discurso jurídico se utilizó no sólo por necesidades de la expresión doctrinal heredada, sino también por un vigoroso sentido de la elegancia del escrito. Además, hay que tener presente que la influencia de la administración en tiempos pasados ha sido tan poderosa como la de la iglesia. Como los sacerdotes, los notarios redactaban sus documentos en latín con arreglo a fórmulas preestablecidas, las que se grababan en la memoria gráfica de los cultos con la lectura y en la memoria auditiva de los legos por la fuerza de la repetición oral. Muchos de los hoy llamados semicultismos se transmitieron por tradición oral, pero los cultismos propiamente dichos, al igual que los latinismos, siempre tuvieron soporte escrito, aun cuando la escritura perteneciera al bajo latín de la Alta Edad Media.

En la administración, la funcionalidad de estos términos también radica en la racionalidad de su empleo en busca de la claridad, precisión y propiedad de la expresión inequívoca, lo cual nos induce a suponer que ésta se inscribe en un sector social versado en el discurso reglado por situaciones comunicativas formales y en hablantes habilitados en su rango de aplicación. Dentro del contexto situacional apropiado, el rango de aplicación del término elegido siempre está acotado por propiedades lingüísticas que van desde la coherencia de su utilización respecto del contenido global del texto a la categoría gramatical a la que pertenece y a los valores estilísticos que conlleva. En consecuencia, el uso del latinismo o del cultismo implica que el usuario lo selecciona tanto por una particular exigencia de orden intelectual como por el conocimiento de las restricciones que le impone la lengua natural, entre las que cuentan las restricciones semánticas sujetas al campo nocional de la administración.

En cuanto a la temática, como factor determinante del uso de términos latinos y cultos, queda circunscripta por la especificidad del mensaje que circula en el ámbito administrativo y es reforzada en la interacción social por el lenguaje creada entre pares administradores o entre ellos y los administrados. Por ende, estos términos resultan pertinentes al dominio administrativo, en cuanto espacio de acción compartido en el que se conocen y emplean tanto la designación como la entidad designada.

En atención al tipo de usuarios, es menester tener en cuenta los factores cognitivos y psicosociales que condicionan la producción e interpretación de los mensajes por parte de interlocutores de idéntica o similar experiencia cultural y laboral, ya que todo término remite a subconjuntos más amplios de unidades terminológicas, con las que se combina para estructurar una misma referencia, y a conocimientos que evocan el dominio de pertenencia. Luego, su inscripción en el discurso administrativo conlleva rasgos descriptivos del perfil nocional y psicológico del hablante cuyo continente es el contexto socio-laboral de la administración.

Respecto de la incidencia de la situación comunicativa como factor determinante del uso de los términos entre los administradores, hay que tener presente que la interacción lingüística se contextualiza en un ámbito institucional que impone una conducta formal adecuada a su finalidad social, hecho que deja al usuario liberado del sentimiento de afectación del lenguaje.

Finalmente, los tipos de discurso que produce la administración se valen de las funciones del lenguaje propias de los actos de habla correspondientes a la gestión organizacional: actos informativos, de estructura descriptiva, expositiva o narrativa, y actos directivos, de estructura argumental o prescriptiva. Unos y otros generan un contexto verbal favorable a la utilización de la terminología latina o culta

Desde el punto de vista de la sistematización terminológica, creemos necesario realizar un tratamiento discriminado de los términos de estudio, atendiendo a algunas de sus características distintivas.

En la consideración de los latinismos, adoptamos el punto de vista morfosintáctico que nos permite distinguirlos en: términos simples y sintagmas terminológicos. Los primeros son usados para designar objetos ,hechos y procesos específicos del campo administrativo, tales como acta, curriculum, lapsus, quantum, quorum, etc., los que mantienen la grafía y pronunciación de la lengua de origen. Los sintagmas terminológicos, generalmente conocidos como locuciones latinas, son combinaciones de dos o más palabras estabilizadas en la forma y en el sentido unitario que poseían en la lengua madre. Aparecen matizando nuestra lengua en textos doctrinales y de difusión teórico-práctica, cuya circulación puede resultar un tanto restringida en atención a los destinatarios; p.e.: ad honorem, curriculum vitae, sine qua non, etc.

Entre los sintagmas terminológicos, se encuentran frases y fórmulas ya usadas en el lenguaje jurídico medieval con valor de modismos del arte, expresiones doctrinales en la función categorial originaria. Por ejemplo, las locuciones preposicionales ex post facto, in limine, inter pares, per saltum, sine die, etc., o locuciones nominales, con terminación casual de ablativo, en función adyacente, como: ceteribus paribus, loco citato, sua sponte, etc.

Sin dudas, la terminología latina debió fijarse en los textos administrativos a partir de los siglos XIII y XIV con el surgimiento de las universidades europeas y se fue acrecentando en el Renacimiento y Humanismo por el impulso dado al desarrollo de las ciencias y las artes, hasta llegar al presente siglo, que le asignó importancia histórica y cultural en los lenguajes especiales de la ciencia y la tecnología.

El tratamiento de los cultismos es más complejo, por lo que, en su clasificación, adoptamos puntos de vista no excluyentes entre sí, sino gramaticalmente entrañados: 1) la vía formal de ingreso a la nomenclatura española; 2) la estructura morfosintáctica del término.

1) Según la vía de ingreso a la nomenclatura administrativa, dintinguimos los cultismos en: patrimoniales, revitalizados e indirectos.

En los cultismos patrimoniales, la forma del término aparece suficientemente apegada al vocablo latino de procedencia como para reconocer en ella la leve adaptación a la fonología española producida en la evolución a la forma romanizada, razón por la que prontamente pasaron a integrar el vocabulario romance y se mantuvieron en vigencia a través del tiempo en el texto escrito hasta llegar a la actualidad. En tal sentido, nos apartamos del criterio de muchos lingüistas, entre ellos M. Alvar Ezquerra, que los consideran préstamos léxicos [3]. De hecho, no son voces tomadas de lenguas extranjeras, sino del sermo urbanus de origen, representando el español tan sólo uno de los modos de la renovada vitalidad adquirida por la lengua sustrática, que surgieron con posterioridad a su disgregación como lengua imperial. La particularidad de estos cultismos en el romance reside en la preservación de las transformaciones sufridas por la popularización léxica, fenómeno que afectó a la mayoría de las voces procedentes del fondo latino, de modo que se mantuvieron exclusivamente en el uso de eruditos o cultos, a quienes puede atribuirse su fijación en el español; así debió suceder con términos como agenda, inalienable, patrimonio, presunto, trifolio, subertir,etc.

Por fenómeno de revitalización léxica, encontramos antiguos términos cultos que cayeron en desuso y más tarde cobraron nueva vida por incorporación a terminologías científicas, técnicas y artísticas, como codicial, documental, externidad, intelectualizar, etc.

Por vía indirecta, es decir, por intermedio de otras lenguas neolatinas o sajonas modernas, especialmente del inglés, han ingresado a la terminología actual múltiples voces de origen latino tomadas en préstamo y asimiladas fonógicamente, que se utilizan para la expresión de nuevos hechos de la ciencia y la técnica contemporánea. En particular, nos referimos a los términos creados en el campo de la comunicación y la automatización. Al ingresar al español, estos cultismos arrastran los rasgos fonológicos de la lengua originalmente receptora, contando en número reducido los que se readaptan a la fonética española. Ejs: control, data, information, multimedia, selector, etc.

2) Desde el punto de vista de la estructura morfosintáctica, la clasificación de los cultismos atiende a los procedimientos regulares en la formación de palabras de nuestra lengua, los que han sido utilizados con gran rentabilidad en la producción terminológica a partir de elementos cultos procedentes del sustrato latino, por lo cual podemos distinguirlos en a) simples; b) compuestos; c) derivados y d) parasintéticos.

Los cultismos simples, propiamente denominados por los lingüistas cultismos léxicos, son unidades terminológicas formadas sobre raíces o radicales históricos de palabras lexemáticas del vocabulario latino. Se encuentran asimilados al español en atención a la fonética y a las posibilidades de adjunción de morfemas derivativos o flexivos; por ejemplo: acceso, dominio, imperito, obrados, prioridad, remanente, etc.

En los cultismos compuestos, la lengua española procede por yuxtaposición de dos o más unidades léxicas latinas, pudiendo producirse la asimilación fonológica o la caída de algún fonema en el proceso de fusión, como se observa en los términos: manuscrito, manutención, medioambiental, omnipresente, plurianual, plusvalía, videocámara, etc.

3) En la derivación incluimos términos que adicionan, a la base léxica romance, los afijos de procedencia latina, también conocidos como seudoafijos o afijoides en la gramática y como formantes cultos en terminología. La afijación es un procedimiento de gran productividad en la formación de neologismos en las modernas nomenclaturas científico-técnicas. Cuando el elemento adicionado precede a la base léxica española, se trata de un prefijo culto, seudoprefijo o prefijoide, como en anticuerpo, inadaptado, infrahumano, interactivo, prepago, prosecretario, supramunicipal, etc. Si, por el contrario, el aditivo culto se pospone a la base léxica, estamos en presencia de un seudosufijo o sufijoide. Hay sufijos cultos, como ificar, sorio/a, tura, torio/a y otros que mantienen gran redituabilidad en las nomenclaturas de nuestros días, p.e.: colegiatura, decisorio, declaratoria, definitorio, planificar, promisorio, etc. Estos, a su vez, pueden dar lugar a la formación de nuevos derivados por afijación y a nuevos compuestos. Curiosamente, algunos cultismos revitalizados, como el sustantivo esponsor (del latín sponsor), han permitido surgir por afijación neologismos derivados: esponsorización, preesponsorizar y esponsorizable, muy en boga en páginas periodísticas.

4) Los cultismos parasintéticos son numerosos en las nomenclaturas actuales en razón de su utilidad en la formación de términos por combinación de procedimientos de composición y/o derivación, o por el uso simultáneo de ellos; por prefijación y sufijación cultas sobre la respectiva base léxica, encontramos desestatizar o ingobernabilidad; por composición y sufijación: minusvaloración, multifacético, plurianualizado, etc.

La coexistencia de latinismos, cultismos de tradición erudita y neologismos cultos de reciente creación en la nomenclatura administrativa marcan el continuum de la lengua, que cursa entre dos extremos temporales, génesis y ebullición idiomática, conceptos primarios de la lexicografía, al decir de Martín Alonso. [4]

 

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[1] Un estudio de la lengua especial de la administración, como variedad lingüística contenida en el español general, puede encontrarse en A. M. Postigo de de Bedia, Los escritos de la administración pública. Edic. Universidad Nacional de Jujuy. S. S. de Jujuy (R.A.). 1997.

[2] El error de ultracorrección en la pronunciación de “ad hoc” por el hablante común radica en la creencia de que el término proviene de la lengua inglesa.

[3] Manuel Alvar Ezquerra considera a estos latinismos un tipo especial de préstamos en La formación de palabras en español , p. 19.

[4] Citamos a Martín Alonso en Ciencia del lenguaje y arte del estilo. Madrid. Aguilar. 1975. p. 180.

 

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